DESCIFRAMOS EL ALGORITMO DE LA PRODUCTIVIDAD EN LA AEAT (1/4).
Y compartimos esta información con los trabajadores para que puedan entender el cómo y el porqué de las cantidades que percibimos por los distintos conceptos de este complemento retributivo funcionarial (detallaremos 4 bolsas diferentes). También, como no, para facilitarles la labor y ahorrarles tiempo y trámites a esos sindicatos que en estos días promueven desde las distintas juntas de personal una iniciativa para reclamar esta información vía Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG). Estamos en disposición de hacer lo anterior porque UCESHA ya recorrió ese camino, con éxito, hace 7 años (con la oposición de SIAT, UGT, CCOO y CSIF).
La información que desclasificamos en esta y otras 3 sucesivas notas se nos entregó en otoño de 2020 para dar cumplimiento a la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo 748/2020, de 11 de junio, y de la Resolución del Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno nº 0230/2016, de 24 de agosto.
BOLSA 1: PRODUCTIVIDAD POR OBJETIVOS.
La cobramos todos los funcionarios de la AEAT. A cada Delegación Especial se le asigna un importe de productividad por áreas (Recaudación, Inspección, Gestión, Aduanas e IIEE -incluye VA- y área General) en función de los siguientes grupos de percepción:
-Delegados y Administradores cobran un porcentaje del VOR (sueldo + complemento de destino + complemento específico) personal de cada uno de ellos.
-Jefes de Dependencia Regional, Adjuntos y Coordinadores y responsables de las áreas a nivel provincial cobran un porcentaje del VOR personal de cada uno de ellos (evidentemente, el porcentaje es menor que el del grupo anterior).
-El resto del personal cobra en función de un módulo lineal (ML) multiplicado por un determinado coeficiente de ponderación (CP):
En un primer momento, se procederá a clasificar al personal, de acuerdo con el trabajo
efectivamente desarrollado, en diferentes niveles, según el corrector de valoración (CV) que de
dicho trabajo realicen sus superiores. Según los siguientes niveles:
- EXCELENTE: corrector x1,5, aplicada sobre el coeficiente de la tabla anterior. Esta
calificación no superará el 20% de los perceptores del grupo correspondiente. - MUY BIEN: corrector x1,25 de ponderación correctora, para un máximo del 30% de los
perceptores de ese grupo. - BIEN: corrector x1.
- SUFICIENTE: corrector x0,5.
- BAJA O MUY BAJA: corrector x0.
Veamos el siguiente ejemplo numérico sobre un hipotético módulo lineal nacional de 250€:
Según se deduce de la tabla anterior, la propia Resolución que regula la asignación de importes del pago de la productividad por objetivos “corrompe” el sistema de incentivación de la AEAT al multiplicar el “modulo lineal” (ML) por entre x1 y x4,5 únicamente en función de la pertenencia a uno de los 12 grupos de clasificación y su correspondiente “coeficiente de ponderación” (CP).
Al hilo de lo anterior, os recordamos que hay sentencias ganadas a la AEAT contra este método o sistema de asignación de importes de la productividad. Véase la nº 20167, de 15 de octubre de 2008, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el que se explicita que los criterios de asignación de importes aplicados “…al fijar una determinada cantidad como complemento de productividad exclusivamente en función de los puestos de trabajo que identifica en ellos Anexos correspondientes, sin tener en cuenta ni hacer siquiera referencia a las condiciones recogidas en el artículo 23 de la Ley 30/1984, vulnera este precepto e incurre por ello en la causa de anulabilidad…, precisando que no se trata por tanto de que el acto no esté motivado, porque implícitamente se sabe cuál es el criterio seguido para la fijación del complemento de productividad, sino que la aplicación de dicho criterio infringe el régimen jurídico del referido complemento”.
Cuando UCESHA inició la petición de los criterios del reparto de productividad al Consejo de Transparencia sabíamos que nos íbamos a encontrar con el rechazo de la AEAT, por ello nos vimos obligados a llegar hasta la máxima instancia judicial para conseguir dicha información, la AEAT no la iba a facilitar si no era de forma obligada. Lo más sorprendente fue que también encontramos el rechazo de la mayoría social del momento, los cuatro sindicatos que la conformaban acordaron votar en contra de nuestra propuesta en las Juntas de Personal.
Ahora, años más tarde proponen solicitar la misma información que ya obtuvimos a través del CTBG, quieren andar el camino que ya despejó UCESHA, no sabemos con qué intención ya que al igual que tenemos nosotros la información la tiene el resto de sindicatos.
Llevan décadas formando parte de las respectivas mesas de seguimiento y control de cada acuerdo que se firma sobre productividad. Sin embargo, a lo largo de esos años de negociaciones poco han mejorado las retribuciones de los trabajadores más desfavorecidos. Si se distribuye irregularmente la productividad, así y no de otra manera distinta, es porque quien tiene el deber in vigilando no está cumpliendo su parte y al consentir el abuso se convierte en su cómplice necesario.
UCESHA: TRANSPARENCIA Y SOLIDARIDAD